miércoles, 15 de septiembre de 2010


Planificación del caudal hereditario
Planificar cómo distribuir sus activos después de morir es también una parte importante de su planificación financiera. Usted trabaja mucho por su dinero y posesiones y desea asegurarse que los activos que queden serán distribuidos de acuerdo a sus deseos.
Testamentos
A menos que usted especifique en un testamento (el cual es un documento formal de tipo legal) quién deberá recibir los activos que son parte de su caudal hereditario sucesorio, usted no puede estar seguro si se cumplirán sus deseos. La información importante que debe especificar en el testamento incluye:
Sus beneficiarios, es decir, las personas e instituciones que usted desea reciban una porción de sus activos
Su albacea, es decir, la persona encargada de cumplir sus deseos
Un tutor legal para niños menores o niños que no tienen la capacidad de ser responsables por sí mismos
Fideicomisos
Otra manera de dejar dinero a los herederos es mediante la creación de un fideicomiso o separar dinero para que lo controle un fiduciario que invierte el dinero del fideicomiso y lo entrega a los beneficiarios según las instrucciones que usted determine. Usted puede establecer y financiar un fideicomiso mientras está vivo, o dar instrucciones de que se cree uno en su testamento.
Hay dos tipos principales de fideicomisos. Los fideicomisos revocables se pueden cambiar en cualquier momento, pero los activos colocados en dichos fideicomisos estarán incluidos como parte de su caudal hereditario al momento de su muerte. Los fideicomisos irrevocables no se pueden cambiar, lo cual significa que una vez creados son permanentes. La ventaja es que los activos en un fideicomiso irrevocable no están incluidos como parte de su caudal hereditario.
Beneficiarios y propietarios conjuntos
Hay otras maneras de planificar el cómo compartir sus activos. Usted nombra beneficiarios para sus planes de jubilación, pólizas de seguro y contratos de anualidades. Al momento de su fallecimiento, los beneficiarios heredan directamente, sin que usted tenga que nombrarlos en su testamento.
Si tiene propiedad junto con otra persona, bajo un acuerdo de propiedad denominado coarrendatarios con derecho de supervivencia ("joint tenants with rights of surviviorship" o JTROS, por sus siglas en inglés), su coarrendatario heredará aquella porción que es de su propiedad al momento de en que usted fallezca. Usted puede ser dueño en forma conjunta de bienes raíces, inversiones, cuentas bancarias y otros activos.

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